Por Gus Reimon.
Un fallo judicial clave puso un freno al intento del Gobierno de disciplinar la protesta social mediante la represión. El juez federal Martín Cormick declaró la nulidad de la Resolución 943/23, conocida como protocolo antipiquetes, impulsada por la ministra de Seguridad Patricia Bullrich, al considerar que vulnera derechos y garantías constitucionales.
La decisión se produjo en el marco de una acción de amparo, que fue acogida favorablemente por el magistrado. En su fallo, Cormick sostuvo que el protocolo excede los límites legales del accionar estatal y habilita prácticas incompatibles con el derecho a la protesta, la libertad de expresión y las garantías fundamentales consagradas en la Constitución Nacional.
El juez fue contundente: declaró la nulidad del protocolo en los términos del artículo 1° de la Ley 16.986, y además impuso las costas al Estado, al no encontrar motivos para apartarse del principio objetivo de la derrota. La resolución también deja en claro que cualquier eventual conducta ilícita por parte de fuerzas policiales o de seguridad deberá ser denunciada de manera individual ante la Justicia Penal, desarmando uno de los argumentos centrales del dispositivo impulsado por el Ministerio de Seguridad.
El fallo representa un revés político y jurídico para el Gobierno nacional, que había convertido el protocolo antipiquetes en una de las banderas de su política de “orden”, utilizando la criminalización de la protesta como herramienta discursiva y operativa. Bajo esa lógica, la manifestación social fue tratada como un problema de seguridad y no como un derecho democrático.
Desde su implementación, el protocolo había sido duramente cuestionado por organismos de derechos humanos, sindicatos, movimientos sociales y juristas, que advertían sobre el riesgo de represión preventiva, uso discrecional de la fuerza y vulneración de derechos básicos.
La resolución de Cormick reintroduce un límite claro: el Estado no puede suspender derechos por vía administrativa, ni reemplazar el control judicial por protocolos de seguridad diseñados para disuadir la protesta social.
En un contexto de ajuste económico, recorte de derechos y creciente conflictividad social, el fallo adquiere una dimensión política central. La Justicia recordó algo elemental: protestar no es un delito.
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